El Juzgado de lo Social nº3 de Navarra señala que se debe reconsiderar la categoría profesional de una trabajadora, que pasará de categoría III (camarera) a categoría II (jefa de sector).
La Sala Segunda estima el recurso de la defensa por vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia