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COMISIÓN DE APERTURA,¡ DEVUELTA!

VUELVEN A DEVOLVER LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS DE NUESTRAS HIPOTECAS. COMISIÓN DE APERTURA

LA COMISIÓN DE APERTURA COMO CLÁUSULA ABUSIVA

Brown gavel on sound block and small wooden house model on judge's table in courtroom during court hearing. Concept of real estate law, partition of property, separation of estates, divorce settlement
VUELVEN A DEVOLVER LAS CLAUSULAS ABUSIVAS DE NUESTRAS HIPOTECAS. COMISIÓN DE APERTURA. IMAGEN DE ARCHIVO
VUELVEN A DEVOLVER LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS DE NUESTRAS HIPOTECAS. COMISIÓN DE APERTURA

¿QUÉ HA PASADO?

Ya hace tiempo que nos dedicamos a esto, y que hemos descrito miles de veces lo que son las denominadas CLAUSULAS ABUSIVAS. En este caso en concreto, una demanda que presentamos ya hace un tiempo, ha salido resulta AHORA. Dándonos la COMISIÓN DE APERTURA como cláusula abusiva por parte del Banco Sabadell.

¿QUÉ ES?

LA COMISIÓN DE APERTURA, es basicamente la cantidad que te cobra el banco a la hora de “abrir” la cuenta del banco en donde vas a pagar la hipoteca. Se podría decir que “apretar un botón” sería la comisión de apertura. Pero, ¿dónde radica la abusividad? Radica en el tanto por ciento que se cobra en proporción a lo que vale el inmueble.

Es decir, si el piso que te quieres comprar, vale 100.000 € y la comisión de apertura que te cobra el banco es de un 2 % la comisión sería de 2000 €. Pero si hablamos de que si, en cambio, te quieres comprar una vivienda de 500.000 €, y se te aplica la misma comisión de apertura, el 2%, deberías de pagar 5000€.

Luego, ¿no parece demasiado justo, no?

Puesto que hablamos de que la comisión de apertura, que es básicamente como aquel quien dice, “apretar un botón”, y establecer el inicio del préstamo hipotecario.

Así que, en este caso, la han dado por abusiva además de otras cláusulas que tenía el contrato de préstamo hipotecario de nuestro cliente.

Por todo ello, aún hay esperanza en que los bancos nos devuelvan el dinero de todas las cláusulas abusivas que te cobraron en un inicio. Tal y como ha pasado en este caso.

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Además, tal y como se puede observar en esta captura de pantalla, NUNCA, NUNCA ponen “costas” para que paguen las entidades bancarias. En este caso en particular y tal y como comentamos en el “bocadillo” de la captura de pantalla, se ESTIMÓ PARCIALMENTE, y por lo tanto NO CORRESPONDEN. 

Pero si queremos hacer mención de que en NINGÚN CASO, cuando el banco pierde la demanda, SE LE PONEN COSTAS A NINGUNA ENTIDAD BANCARIA. Eso sí, como se trate de un particular, agárrate a la silla porque las costas vienen de cajón. Así seguimos en el sistema judicial, que aunque se consiguen victorias, y seguimos en lucha, la batalla es dura puesto que el camino para recorrer y encontrar jueces que “entiendan la problemática de muchas de las familias” es una ardua tarea.

Igualmente, desde Abogadoslowcostag.com, seguimos en lucha.

Porque,

OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ¡ES POSIBLE!

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